La NOM-251-SSA1-2009 establece los requisitos mínimos de buenas prácticas de higiene que deben observarse en el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. La palabra clave aquí es proceso: transformación, manufactura, preparación, envasado, almacenamiento con valor agregado. La norma aplica a todas las personas físicas o morales que se dedican a procesar estos productos en México. En México existen dos agencias principales que se encargan de la inocuidad de los alimentos frescos y procesados, responsabilidad de dos Secretarías de Estado: la Secretaría de Salud (SSA) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER). La SADER se encarga de los aspectos de inocuidad a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), que desde el año 2001 puso en marcha programas voluntarios mediante la implementación de Buenas Prácticas de Producción en unidades de producción primaria. Esas Buenas Prácticas de Producción son los famosos Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación (SRRC), que se aplican en el sitio agrícola — incluyendo invernaderos — con la finalidad de reducir la probabilidad de que un alimento se contamine durante el proceso de producción, cosecha y/o empacado al interactuar con sustancias y superficies de contacto que puedan introducir un contaminante de tipo biológico, químico y/o físico.